Cómo elegir instalador fotovoltaico en Madrid: 10 comprobaciones antes de firmar
Cómo elegir instalador fotovoltaico en Madrid: 10 comprobaciones antes de firmar
Redactado por ingenieros![]()
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Busca «instalador fotovoltaico Madrid» y saldrán decenas de empresas con mensajes muy parecidos. La diferencia no está en el folleto, sino en lo que se puede comprobar por escrito antes de firmar: quién firma el certificado, quién hace los cálculos, qué equipos lleva el presupuesto y cuánto tiempo se mantiene el precio.
Estas son las diez comprobaciones que haríamos nosotros en la Comunidad de Madrid, con lo que aquí cambia: la puesta en servicio a través de una entidad de inspección (EICI), la declaración responsable urbanística y unas bonificaciones municipales que dependen del orden de los trámites. Para Asturias, donde la tramitación es distinta, tenemos otra guía para elegir instalador.
Las diez comprobaciones de un vistazo
| Comprobación | Qué pedir por escrito | Señal de alerta |
|---|---|---|
| 1. Habilitación | Número de habilitación y quién firma el certificado | Contrata una empresa y certifica otra |
| 2. Ingeniería | Técnico que firma la memoria o el proyecto | «Lo calcula el programa» |
| 3. Presupuesto | Marca, modelo y cantidad de cada equipo | «Instalación solar completa» en una línea |
| 4. Precio | Precio cerrado y plazo de validez | «A consultar» sin plazo ni precio por escrito |
| 5. Garantías | Años por equipo y quién las tramita | Sin plazo ni fabricante |
| 6. Legalización y deducciones | Quién presenta cada trámite y cuándo | «Eso lo gestionas tú» |
| 7. Monitorización | Acceso a tu nombre | Solo el instalador ve los datos |
| 8. Mantenimiento | Qué incluye, cada cuánto y su precio | Ninguna respuesta concreta |
| 9. Instalaciones reales | Casos con equipos identificados | Solo imágenes genéricas |
| 10. Pagos | Calendario por hitos y derecho de desistimiento | Todo por adelantado o en efectivo |
Quién instala y quién firma
1. Empresa instaladora habilitada y certificado de instalación propio
Una instalación de baja tensión la ejecuta una empresa instaladora habilitada, según el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT, RD 842/2002) y su ITC-BT-03. Al terminar, esa empresa emite el certificado de instalación eléctrica (CIE), que se presenta ante la Comunidad de Madrid para poner la instalación en servicio.
Ese certificado tiene consecuencias económicas: la nueva deducción del 10 % del IRPF (DA 62.ª, pagos de 2026) lo exige expresamente, y con esa tramitación la Comunidad inscribe de oficio en el registro de autoconsumo las instalaciones de menos de 100 kW en baja tensión. En Madrid capital, la fecha de esa inscripción abre la bonificación del IBI.
Pide el número de habilitación y comprueba que la razón social del contrato es la que firmará el certificado. Si vende una empresa y certifica otra, pide por escrito quién responde de cada cosa. En nuestro caso, contrato, equipo de instalación propio en la Comunidad de Madrid y certificado van a nombre de la misma empresa.
2. Ingeniería que firma
En la Comunidad de Madrid el certificado va acompañado de una memoria técnica de diseño hasta 10 kW, o de un proyecto por encima, firmados por técnico titulado competente (Instrucción de la Comunidad de Madrid de 24 de noviembre de 2025). La declaración responsable urbanística lleva además, en su caso, un informe técnico sobre capacidad portante y seguridad contra incendios (art. 156.2 g de la Ley 9/2001 del Suelo).
Pregunta quién dimensiona, con qué datos y quién firma. Un estudio serio parte de tu consumo real y calcula la producción con la radiación de tu municipio: unos 1.560 kWh por kWp y año en Madrid capital según PVGIS, como contamos en cuánto produce la fotovoltaica en Madrid. En Gamo Solar, diseño y cálculos los firma un ingeniero de nuestra oficina técnica.
Qué compras, a qué precio y con qué garantía
3. Presupuesto por capítulos, con marcas y modelos
Un presupuesto comparable separa capítulos —módulos, inversor, estructura, cableado, protecciones y puesta a tierra, mano de obra, legalización— y en cada uno figuran marca, modelo, potencia y cantidad.
- Módulos: potencia, número, tecnología y garantías de producto y de rendimiento.
- Inversor: marca y modelo exactos, potencia y si es híbrido (si admite batería ahora o más adelante). Trabajamos con Ingeteam, Deye y SAJ; las diferencias, en nuestra guía de inversores.
- Metros de cable: en nuestras condiciones estándar, 25 m de continua y 25 m de alterna. Si no se dice, el exceso aparece después.
- Lo que no incluye: ICIO y tasas, grúa o andamio, adecuación del cuadro o de la tierra, obra civil. En el mismo documento, no de palabra.
4. Precio publicado y cerrado frente a «a consultar»
«Precio a consultar» no implica mala fe, pero te deja sin referencia hasta muy tarde. Pregunta si el precio se conoce antes y cuánto tiempo se mantiene.
Como referencia de mercado, según APPA Renovables (datos publicados en febrero de 2026), la instalación residencial típica de 5,5 kW puesta en marcha en España en 2025 costó 6.682 € de media. Es una media nacional, no un precio de Madrid: si una oferta se aleja mucho de esa cifra, pregunta qué incluye.
Nosotros publicamos ocho configuraciones de 6 a 20 módulos con precio cerrado, IVA incluido, instaladas y legalizadas. Se contratan online con un 5 % de descuento, pagando el 30 % a cuenta y el resto al terminar. Es un precio cerrado si la revisión técnica confirma las condiciones estándar; si detecta algo fuera de ellas (grúa, más cable, sombras que exijan optimizadores), te lo presupuestamos por escrito antes de seguir.
| Configuración | Inversor | Producción estimada | Tarifa | Online −5 % | |
|---|---|---|---|---|---|
| 6 módulos3,21 kWp | inversor híbrido monofásico de 5 kW | ≈ 5.010 kWh/año | 6.190 € | 5.880 €tarifa 6.190 € | Contratar |
| 8 módulos4,28 kWp | inversor híbrido monofásico de 5 kW | ≈ 6.680 kWh/año | 6.690 € | 6.355 €tarifa 6.690 € | Contratar |
| 10 módulos5,35 kWp | inversor híbrido monofásico de 6 kW | ≈ 8.350 kWh/año | 7.290 € | 6.925 €tarifa 7.290 € | Contratar |
| 12 módulos6,42 kWp | inversor híbrido monofásico de 6 kW | ≈ 10.020 kWh/año | 7.790 € | 7.400 €tarifa 7.790 € | Contratar |
| 14 módulos7,49 kWp | inversor híbrido monofásico de 8 kW | ≈ 11.680 kWh/año | 8.790 € | 8.350 €tarifa 8.790 € | Contratar |
| 16 módulos8,56 kWp | inversor híbrido monofásico de 8 kW | ≈ 13.350 kWh/año | 9.390 € | 8.920 €tarifa 9.390 € | Contratar |
| 18 módulos9,63 kWp | inversor híbrido monofásico de 8 kW | ≈ 15.020 kWh/año | 9.990 € | 9.490 €tarifa 9.990 € | Contratar |
| 20 módulos10,70 kWp | inversor híbrido monofásico de 10 kW | ≈ 16.690 kWh/año | 10.790 € | 10.250 €tarifa 10.790 € | Contratar |
Producción estimada con 1.560 kWh por kWp y año, el dato de PVGIS (Comisión Europea) para Madrid capital con inclinación óptima; en tu cubierta dependerá de la orientación, la inclinación y las sombras. Módulos fotovoltaicos de 535 Wp, tipo N bifaciales, con 25 años de garantía de producto y 30 de rendimiento. Potencia nominal del inversor siempre igual o inferior a 10 kW: trámite simplificado en la Comunidad de Madrid. La tarifa es el precio que aplicamos fuera de la web; el 5 % de descuento es por contratar aquí y se calcula sobre el total, extras incluidos, redondeado al euro a tu favor.
| Concepto | Tarifa · IVA incluido |
|---|---|
| Batería de litio (LFP) de 5 kWh | +1.790 € |
| Batería de litio (LFP) de 10 kWh | +2.490 € |
| Batería de litio (LFP) de 16 kWh | +2.700 € |
| Respaldo ante cortes de red: cuadro de cargas críticas | +449 € |
| Punto de recarga de 7,4 kW para coche eléctrico, con hasta 20 m de línea, instalado y legalizado | +1.390 € |
| Suministro trifásico: inversor trifásico de la misma potencia y protecciones trifásicas | +539 € |
| Cubierta plana: estructura inclinada y lastrada | +41 € por módulo |
| Certificado energético previo a la obra, el segundo que exige la deducción del 60 % en el IRPF (el posterior va incluido) | +242 € |
- Revisión técnica a distancia antes de instalar, con las fotos de tu cubierta y de tu cuadro, y estudio con tu consumo real; diseño y cálculos firmados por nuestro ingeniero.
- Módulos fotovoltaicos de 535 Wp, tipo N bifaciales: 25 años de garantía de producto y 30 de rendimiento.
- Inversor híbrido con monitorización desde el móvil, preparado para añadir batería más adelante.
- Estructura coplanar para cubierta inclinada de teja o chapa, con fijaciones y sellado.
- Cableado de continua y de alterna (hasta 25 m de cada uno), canalización, protecciones y puesta a tierra.
- Mano de obra de nuestro equipo propio en la Comunidad de Madrid, pruebas y puesta en marcha.
- Legalización completa: memoria técnica, certificado de instalación, registro ante la Comunidad de Madrid y alta de la compensación de excedentes con tu distribuidora.
- Documentación municipal (declaración responsable o licencia) y certificado de eficiencia energética posterior a la obra.
- Tramitación de las ayudas: deducción del IRPF y bonificaciones de IBI e ICIO de tu ayuntamiento.
- Vivienda unifamiliar en la Comunidad de Madrid (código postal 28), con suministro monofásico (trifásico: suplemento).
- Vivienda de uso particular terminada hace más de dos años: el precio lleva el IVA reducido del 10 % de las obras de renovación de vivienda (si no se cumple, se aplica el 21 % sobre la misma base).
- Cubierta inclinada de teja o chapa accesible con escalera o plataforma propia, sin grúa ni andamio (cubierta plana: suplemento).
- Hasta 25 m de cableado de continua y 25 m de alterna, con paso practicable para la canalización.
- Cuadro eléctrico con espacio para las protecciones y toma de tierra existente en buen estado (la comprobamos al instalar).
- Sin sombras que exijan optimizadores ni obra civil, y sin necesidad de ampliar la potencia contratada.
Si tu vivienda no cumple alguna, contrata igual: en la revisión técnica te presupuestamos por escrito solo la diferencia y, si no te convence, cancelas y te devolvemos todo lo pagado.
- Tasas e impuestos públicos de la obra: ICIO y tasa municipal y, si las hubiera, tasas de la Comunidad de Madrid. Se pagan aparte, a su coste.
- Grúa, andamio o línea de vida; adecuación del cuadro general o de la toma de tierra; optimizadores por sombras.
- Obra civil (zanjas, pasos de albañilería) y metros de cableado por encima de los incluidos.
Qué partidas cambian de una vivienda a otra lo explicamos en cuánto cuesta la fotovoltaica en Madrid.
5. Garantías: la legal y la del fabricante
Hay dos capas distintas:
- Garantía legal de conformidad: la que fija la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. Responde la empresa con la que firmas, no el fabricante.
- Garantía del fabricante: en los módulos tipo N bifaciales que instalamos, 25 años de producto y 30 de rendimiento; la del inversor depende del modelo y debe figurar con su plazo.
Pregunta quién tramita una reclamación y qué cubre la mano de obra. Al terminar deben entregarte factura, números de serie, certificado y memoria técnica. Más en qué garantías tienen los paneles fotovoltaicos.
Los papeles y lo que viene después
6. Quién legaliza y quién tramita las deducciones
Aquí el orden de los trámites se traduce en dinero:
- Antes de empezar: declaración responsable urbanística. El autoconsumo en cubierta no necesita licencia salvo patrimonio histórico, dominio público, protección ambiental o alteración de la composición exterior, la volumetría o la estructura, y la declaración habilita desde el día de su presentación (Ley 9/2001, arts. 155 n y 157, y Orden 1110/2021).
- También antes, para la deducción del 60 % del IRPF (DA 50.ª, apartado 3): certificado energético previo, con menos de dos años y registrado. Uno emitido después de empezar la obra no vale (consulta DGT V2158-22).
- Al terminar: certificado de instalación ante la Comunidad a través de una EICI; la Comunidad lo comunica a la distribuidora (en la mayoría de los casos, i-DE o UFD), que adapta el contrato para compensar excedentes. Con excedentes y hasta 100 kW en baja tensión, la activación no puede pasar de dos meses; si se pasa por causas ajenas al consumidor y a la administración, la factura incluye un descuento por retardo (art. 16 bis del RD 244/2019).
- Bonificaciones en Madrid capital: el 95 % del ICIO se aplica en la autoliquidación, en dos meses desde la declaración responsable; el 50 % del IBI dura cinco años (siete con batería) desde la inscripción, si la declaración responsable es anterior a ella y se solicita a tiempo: surte efectos desde el periodo siguiente al de la solicitud.
Pregunta quién presenta cada trámite. Las dos deducciones del IRPF son incompatibles en la misma instalación: la del 60 % admite pagos hasta el 31 de diciembre de 2027; la del 10 % exige instalación terminada y pagada en 2026. Ninguna admite pago en efectivo. Más en ayudas para fotovoltaica en Madrid en 2026 y en legalización en la Comunidad de Madrid. Nosotros incluimos legalización, documentación municipal, certificado energético posterior y tramitación de deducciones; el certificado energético previo es un extra de 242 €.
7. Monitorización
La monitorización te dice si la instalación rinde lo previsto sin esperar a la factura. Comprueba que la cuenta esté a tu nombre, qué datos verás (producción y, si la instalación mide en el punto de conexión, también consumo y vertido) y quién atiende las alarmas del inversor.
8. Mantenimiento
Una instalación fotovoltaica necesita poco mantenimiento, pero no ninguno: conexiones, protecciones, estructura y lectura de datos. La suciedad en los módulos o una protección disparada restan producción sin que se note a simple vista. Pregunta qué incluye la revisión, cada cuánto se hace, cuánto cuesta y si es opcional o va atada al contrato.
Pruebas y dinero
9. Instalaciones reales
Pide casos con equipos identificados y mira los detalles: cableado, cuadro de protecciones, ubicación del inversor. Una foto aérea de módulos dice poco. Entre nuestras instalaciones en la Comunidad de Madrid hay, por ejemplo, una vivienda con 13 módulos bifaciales de 535 Wp, inversor híbrido SAJ HS3 de 6 kW y batería de 10 kWh con respaldo total, y una instalación industrial de 115 módulos de 550 Wp con dos inversores Ingeteam de 50 y 10 kW. Tienes más en nuestros casos de éxito.
10. Condiciones de pago
Lo que te protege es un calendario de pagos ligado a hitos, sin pagar todo antes de instalar y sin efectivo. Un pago a cuenta moderado, con el resto al terminar y el derecho de desistimiento por escrito, es razonable.
Nuestra fórmula: contrato online con un 5 % de descuento, 30 % a cuenta por transferencia al contratar y 70 % al terminar la instalación. La revisión técnica es a distancia, va incluida en el precio y se hace en un máximo de 10 días hábiles desde que nos mandas las fotos; tienes 14 días para desistir desde el pedido, con la devolución de todo lo pagado mientras la instalación no esté terminada.
Qué preguntar antes de firmar
- ¿Qué datos de consumo vais a usar: la factura, la curva horaria o una media?
- ¿Dónde irán el inversor y la batería, si la hay? ¿Cuántos metros de cable salen?
- ¿Habéis medido la toma de tierra? ¿Tiene el cuadro espacio para las nuevas protecciones?
- ¿Hay sombras que obliguen a usar optimizadores? ¿Hace falta grúa, andamio o línea de vida?
- ¿Qué puede cambiar del precio inicial, y por qué?
Y si te piden firmar en el momento con un descuento que caduca esa tarde, sin fecha ni motivo verificable, pide tiempo y una segunda opinión. Cómo trabajamos en la Comunidad lo tienes en fotovoltaica en Madrid.
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Preguntas frecuentes
¿Cómo sé si un instalador fotovoltaico en Madrid está habilitado?
Pide su número de habilitación como empresa instaladora de baja tensión y comprueba que la razón social coincide con la del contrato y con la del certificado de instalación, el documento que se presenta ante la Comunidad de Madrid, a través de una EICI, para poner la instalación en servicio.
¿Qué garantías tiene que darme por escrito el instalador?
La garantía legal de conformidad, de la que responde la empresa vendedora, y la del fabricante de cada equipo con su plazo. En los módulos tipo N bifaciales que instalamos son 25 años de producto y 30 de rendimiento; la del inversor depende del modelo.
¿Es normal pagar una parte antes de la instalación?
Puede serlo si es una parte moderada, con el resto ligado a la instalación terminada y el derecho de desistimiento por escrito. En Gamo Solar es el 30 % por transferencia al contratar y el 70 % al terminar, con 14 días para desistir desde el pedido. Evita pagar todo antes de instalar o en efectivo, que además impide aplicar las deducciones del IRPF.
¿Qué pasa si la empresa que me instaló cierra?
La garantía del fabricante sigue existiendo, pero para reclamarla necesitarás factura y números de serie. Pide al terminar el certificado de instalación, la memoria técnica y el acceso a la monitorización a tu nombre: con eso, otra empresa instaladora habilitada puede mantener la instalación sin empezar de cero.
¿Hay subvenciones para autoconsumo en la Comunidad de Madrid en 2026?
No hay convocatoria autonómica abierta en 2026 para autoconsumo residencial: los programas gestionados por Fenercom figuran como finalizados. Sí hay deducciones del IRPF, incompatibles entre sí en la misma instalación: la del 60 % (DA 50.ª, apartado 3) y la del 10 % (DA 62.ª). Y bonificaciones municipales: en Madrid capital, 50 % del IBI durante cinco años (siete con batería) y 95 % del ICIO. Desconfía de una ayuda directa que no cite convocatoria, boletín y plazo.
Aviso
Información general con fines divulgativos, actualizada a 23 de octubre de 2026. Fuentes principales: REBT, RD 244/2019, RDL 14/2022 y RDL 7/2026 (BOE); Agencia Tributaria y DGT; Instrucción de 24/11/2025 de la Comunidad de Madrid sobre puesta en servicio del autoconsumo; Ley 9/2001 del Suelo y Orden 1110/2021 de la Comunidad de Madrid; Agencia Tributaria Madrid; Fenercom; Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios; APPA Renovables y PVGIS. No sustituye al asesoramiento fiscal o jurídico; las condiciones de Gamo Solar citadas son las de su preciario de Madrid en esa fecha.







